sábado, 29 de septiembre de 2012

El independentismo catalán se declara enemigo de España


            El Parlamento autonómico catalán aprobó el pasado 27 de Septiembre una propuesta en la que se insta al nuevo Gobierno autonómico que resulte de las elecciones regionales del 25 de noviembre, a convocar un referéndum secesionista.
            Tal decisión se funda en la “necesidad de que el pueblo de Cataluña pueda determinar libre y democráticamente su futuro colectivo”, por lo que la Comunidad debe “iniciar su transición nacional basada en el derecho a decidir”.

            Lo relevante de lo aprobado gracias a la iniciativa de la falange independentista de las Cortes catalanas es que supone una declaración de hostilidad política, esto es, una oposición bipolar extrema: de una parte Cataluña y de otra España. Sin más.  

         La respuesta del Gobierno español a la pública manifestación de enemistad ha sido rechazar la resolución del Parlament por dos motivos:

            a) Es ilegal.
            b) No es racional.

          No obstante, la legalidad ya quedó en un segundo plano, dado que “si el Gobierno (español) le da la espalda y no autoriza ningún tipo de referéndum ni de consulta, pues hay que hacerlo igualmente” (Presidente de la Generalidad, segunda sesión del Debate de Política General, 26 de Septiembre).

            Y en este asunto la razón o sinrazón de los independentistas catalanes para separarse es indiferente, pues “con relación al enemigo, no es suficiente tener razón, ni siquiera actuar racionalmente; el enemigo, -resalta Julien Freund-, SE IMPONE A NOSOTROS POR SU PROPIA VOLUNTAD, SIN HABERLO NOSOTROS ELEGIDO”.
            “¿Por qué ha de necesitar el afán de gloria de una justificación científica?".
            “Los pretextos morales y las justificaciones ideológicas son por completo ajenas al esquema teórico de la dinámica conflictiva”. (Jerónimo Molina, “Julien Freund. Lo político y la política”. Ed. Sequitur. Pág. 157).

           Por tanto, las reacciones del Gobierno a la “voluntad” de secesión yerran de manera flagrante porque obvian lo principal, la declaración de enemistad, pues creen que al enemigo basta con amenazarle con la ley, razonarle o darle largas para que desaparezca. En pocas palabras, su política consiste en aplicar el dicho popular de que “dos no pelean si uno no quiere”.
            Y efectivamente así es, pero “dos pelean si uno no quiere”…, si el que no quiere sale corriendo, lo que en términos políticos significa que el enemigo, el que manifestó la “intención hostil”, ha triunfado. No hay que descartar que la clase política española no aspire a otra cosa.

            De cualquier forma, el partido sólo ha sido convocado “sine die” (Cataluña "celebrará" un referéndum secesionista), por lo que habrá que comprobar si el partido finalmente se juega o si se suspende por incomparecencia de alguno de los equipos.  
            Y si se disputa, aún está por ver el resultado. 

            Lo que resulta indudable es que si el partido se juega, es decir, si la declaración de enemistad se lleva hasta el final, ni la amenaza de la legalidad ni la supuesta razón o razones (económicas, jurídicas, históricas, etc.) de cada una de las partes serán elementos que tengan la más mínima relevancia en el desenlace final, pues será el ejercicio de la fuerza la que dicte sentencia.

            Y con el fallo, ¡ay, el lenguaje!, vendrán las consecuencias:

       Si no se produce la secesión, el nacionalismo llamado periférico quedará desterrado de España.

            Si se consuma cualquier división, el régimen político de la Transición caerá.
        
         Una manera muy española de cambio político, pues habríamos tenido que romper el país para que el sistema cambiase.
           
            Pero no hay que preocuparse, son cosas que pasan por estos lares, pues “España y su clase política somos así, señora”, que diría el dramaturgo Marquina.

twitter: @elunicparaiso





7 comentarios:

  1. Jorge, estoy de acuerdo contigo. Resulta enternecedor ver a la clase política española, parasitaria, como la catalana, del sistema, argumentar: la Unión Europea no lo permitirá. Este argumento tiene el mismo valor que otro, sólo en apariencia más absurdo: Cataluña no se separará de España porque el Barça debe seguir jugando en la liga Española. ¿Tiene más sentido el razonamiento utilitarista según el cual, ecómicamente será la ruina para Cataluña? El problema catalán, como el vasco y los nuevos "problemas" que ha creado la constitución del 78 (un constitucionalista español, muy importante, por cierto, se refería a ella como "esa 'miegda' de Ley fundamental", y no me refiero a García Trevijano, que también ha pensado con gran profundidad sobre el asunto constitucional), es radicalmente político.
    La situación es más o menos esta: la constitución del 78 (9ª Ley fundamental, pero esto sería largo de explicar) ha perdido ya su legitimidad (guste o no, la del 18 de julio). Subsiste la regla protoconstitucional que dice (lo recordaba Ortega y Gasset a propósito del Imperio romano): los españoles se conducirán de modo que España exista. Ahí está el programa básico para el país.
    Por otro lado, y siempre desde el punto de vista político, los nacionalistas catalanes (las gentes "bonvivantes", como Mas y similares) son audaces con respecto a la clase política "española", extraordinariamente cobarde y apegada (precisamente por su cobardía) a la letra de una "constitución moribunda" (la expresión es de otro político cobarde política relativamente audaz, Chávez de Venezuela). Mas ha razonado como un campeón de las libertades "de su pueblo" cuando ha señalado, mientras Rajoy hacía de Sara Montiel en la Fith Avenue de Nueva York, que si después de todo el gobierno de España no cede con argumentos constitucionales, pues ellos decidirán por su cuenta ignorar, esta vez con jactancia, la constitución del 78.

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  2. Profesor, considerándole una auténtica autoridad en la materia objeto de la entrada, tengo que darle las gracias por su comentario y pedirle que nos explique por qué considera que la Constitución del 78 es la 9ª Ley Fundamental.
    Si nos puede recomendar bibliografía o enlazar con algún artículo sería suficiente.
    Le mando un fuerte abrazo y me permito advertirle que le seguiré citando a la menor oportunidad.

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  3. Perdona por el retraso en responder a tu pregunta. Me tiraba para atrás echar a tus lectores.
    Para responder a tu pregunta habría que establece algunas premisas, particularmente 2:

    1. Los principios de legitimidad o, para evitar confusiones, los principios fundacionales, no se pueden improvisar, se manifiestan en una sociedad como un dato de la realidad. Pueden gustar más o menos, pero son los que son operando efectivamente.

    2. No hay régimen político que no haya nacido de la violencia, el fraude, la mentira, el perjurio, la traición, etc. Esto es sabido, pero la lógica de la lucha política por la opinión explica que se quieran cubrir los orígenes con el cendal de las vestales.

    Así, hablando del régimen actual:

    1. El principio fundacional que sigue operante es el del 18 de julio (¡horror¡ dirán muchos, mirando para otro lado). Nada políticamente sustancial ha pasado desde 1936 que lo haya desplazado. Si eso hubiera sucedido, estaríamos hablando de otro régimen.

    2. Aunque no todos eran conscientes de ello, quien defendían la ruptura entre 1976 y 1978, perseguían la novación de los principios fundacionales. Ni lo tenía ni lo tiene claro, porque su "republicanismo" ideológico le inmpide verlo, García Trevijano, pero de las voces críticas que discurren en la izquierda es la más inteligente. Si se le quita la ideología a su pensamiento y nos quedamos con lo político: las tesis de García Trevijano van en el sentido de arraigar la convivencia nacional en un nuevo princio fundacional. El problema sería, a mi modo de ver, que su pretensión es estrictamente política (presidencialismo y separación de poderes) y el asunto de los principios fundacionales es justamente "prepolítico".

    3. La constitución del 78, independientemente del proceso de elaboración, presentación al pueblo por el rey (como hacía Franco) y aprobación mayoritaria (lo mismo que hacía la nación en tiempos de Franco: la diferencia entre los porcentajes de diciembre del 78 y el porcentaje "búlgaro" que aprobó la Ley Orgánica del Estado de 1969 tiene que ver, seguramente, con la ausencia de Franco y el déficit de autoridad que con respecto a él tenía el rey y la clase política de la transición), no tiene detrás otro principio fundacional o prepolítico que el grito de rebeldía contra el comunismo del 18 de julio. Esto puede que no guste, pero ¿desde cuando la realidad política ha sido una especie complaciente?

    4. El famoso lema propandístico que explica superficialmente la Transición: "De la ley a la ley pasando por la ley", es un absurdo, pues presupone algo falso: que una constitución puede ser removida desde sus propios principios. Ni siquiera se da ese supuesto en la constituciones liberales más neutralizadas. Mucho menos en la "constitución" franquista, el conjunto de las leyes fundamentales, pues está claro en ellas que ciertos principios se consideran inmutables. Los constitucionalistas políticamente neutralizados suelen hacer escarnio de esa afirmación de los Principios fundamentales del Movimeinto Nacional, como si la constitución vigente no fuese también celosa de su propia conservación. Pero esto no deja de ser una apreción general de naturalez política constitucional. Resulta que desde un punto de vista jurídico constitucional el proceso de reforma estuvo falseado en sus dos etapas: la de la Ley para la reforma política de 1977 y la de la constitución de 1978.

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  4. (SIGUE DEL COMENTARIO ANTERIOR)

    5. La Ley para le Reforma política alteró sustancialmente la constitución vigente (las leyes fundamentales) sin tener en cuenta el procedimiento previsto en ellas. Se trata, como enseña la experiencia constitucional alemana de Weimar bajo el nacismo, de una "Ley constitucional puente" que permita desbatar la vieja estructura constitucional y erigir otra nueva. Con todo, a autores como Lucas Verdú, que fue un crítico implacable de ella, porque aspiraba a la ruptura, no se le escapó que la Ley para la Reforma política era la Octaba Ley fundamental. A eso le dedicó un libro muy interesante a pesar de los argumentos socialdemócratas (verdaderamente enternecedores).

    6. Lo mismo puede decir de la constitución del 78, puerto de arribada de la ingeniería legislativa de la que esoy hablando. También se aprobó irregularmente, pues las cortes que la elaboraron no fueron convocadas como cortes constituyentes, aunque se arrogaron ese papel. Sin embargo hay un detalle muy importante que denuncia que su naturaleza es la misma que la de la Ley para la Reforma política y, por tanto, la misma que las leyes fundamentales anteriores: el rey adoptó -que sin duda tuvo en el proceso una intervención que en sus términos precisos desconocemos- el proyecto constitucional que habían elaborado los partidos, a los que cedió una parte de su poder constituyente constituido (pero no el constituyente en sentido estricto, que se lo reservó y que se extinguirá con él). Lo interesante es que lo sometió a un referéndum de la misma naturaleza que los franquistas, aunque autorizando una libre concurrencia a favor o en contra. El resultado del referendum del 6 de diciembre no es lo que verdaderamente le da rango constitucional a la norma, sino la voluntad del rey (depósito del poder constituyente de Franco y, por tanto, del 18 de juliio): debe decirse, para hablar con un mínimo de rigor, que la constitución fue "otorgada" por el rey, como otorgó Franco las leyes fundamentales que, eventualmente y por razones de propaganda nacional e internacional, pudo someter a referéndum nacional.

    7. Si alguien ha llegado hasta el final de esta larga entrada, tal vez esté de acuerdo conmigo sobre la condición de la constitución del 78. Si no lo está, tal vez es porque piensa en las categorías del derecho cosntitucional (y este hoy no es más que una ideología, "ancilla politicae").

    8. Y ahora te mando un abrazo, Jorge, y me voy a una boda en la que los novios ya están casados y en la que lo más católico que habrá en ella será la corbata que a mi suegro le regalaron en la Universidad de Navarra.

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  5. Fe de errores

    La LOrgánica del Estado, naturalmente, es del 67, aprobada en referéndum en el 66.

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    1. Maestro, sus comentarios abarcan el pasado y el presente. Espero que nos sirvan para gobernar mejor el futuro.
      Un abrazo de corazón.
      P.D.: El punto 8 le califico de alta literatura burlesca.

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  6. Por sugerencia de mi amigo Rafael he modificado el título de la entrada.
    Borro "Catalunya se declara enemigo de España" y dejo "Cataluña se declara enemigo de España".
    Un abrazo, maestro.

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