miércoles, 30 de mayo de 2012

De Gibraltar a Shenzhen.


   
     En un debate radiofónico con motivo de las recientes tensiones entre España y Gibraltar el eminente profesor Dº Miguel Anxo Bastos, de la Universidad de Santiago de Compostela, me hizo saber que la solución que propongo para el "contencioso del Peñón de Gibraltar" (la transformación del Campo de Gibraltar en un paraíso fiscal), no era nada nuevo, pero que el éxito de la medida estaba probado.
     "Tienes que conocer la experiencia de Shenzhen en China", -me apuntó-.
     Gracias a sus conocimientos pude informarme que este antiguo puerto de pescadores de la provincia de Cantón, se convirtió hace algo más de treinta años (1979-80) en una de las cuatro primeras "zonas económicas especiales" creadas por el máximo dirigente chino Deng Xiaoping, el "comunista-capitalista".

     De manera muy breve podemos definir las "zonas económicas especiales" de Deng como territorios de libre comercio con nula fiscalidad para las inversiones foráneas.
     El resultado del experimento ha sido la emergencia de gigantescas estructuras industriales orientadas a la exportación. Actualmente las 54 "áreas especiales" suponen el 30% de todas las exportaciones del país.
     Es decir, la ausencia de tributación no ha provocado que estos espacios se hayan convertido en centros de blanqueo de actividades ilícitas, sino todo lo contrario. 
     De hecho, China ingresó el 11 de Diciembre de 2001 en la Organización Mundial de Comercio (OMC), lo que obliga a la transparencia en sus regímenes de comercio e inversiones, por lo que los territorios especiales deben acatar las normas internacionales de comercio que el país se comprometió a cumplir cuando se incorporó a la OMC.
   
     La elección de Shenzhen fue debida esencialmente a la cercanía con Hong-Kong (su proximidad llega al punto de que la calle Zhongying divide los dos territorios, una acera de la avenida pertenece a Shenzhen y la otra a Hong-Kong), pues su finalidad no era otra que integrar sin tensiones a la antigua colonia británica en la República China utilizando sus mismas armas, que no eran otras que libertad económica e impuestos mínimos.
     El éxito de la fórmula de Deng ha sido tal que la "zona económica especial" de Shenzhen ha fagocitado en tres décadas al paraíso fiscal de Hong-Kong, sin que se produzca roce alguno entre los dos territorios gracias al respeto mutuo y a la complementariedad de sus actividades de forma natural (más industrial Shenzhen, más financiera Hong-Kong, aunque Shenzhen cuenta con un pujante mercado bursátil propio).
     Lo ocurrido se podía augurar por el mayor tamaño de Shenzhen, pues dadas las mismas condiciones para la inversión, la mayor superficie de la "zona económica" china jugaba a favor de ésta.
    
    Llegados hasta aquí extraigamos las consecuencias de lo ocurrido en este espacio en aras a la solución del dizque "contencioso del Peñón de Gibraltar".

     En primer lugar, ni la existencia de España como Estado, ni de la Unión Europea como organización política, constituyen obstáculos jurídicos para convertir el Campo de Gibraltar en paraíso fiscal, véase la entrada de este blog titulada "Deconstruyendo el Estado. Práctica del paraíso fiscal I".

     Precisamente la idea matriz de China para crear la "zona económica especial" de Shenzhen fue "una economía, dos sistemas", por tanto, puede convivir un paraíso fiscal como podría ser el Campo de Gibraltar dentro de entidades políticas nacionales o supranacionales.
     Que el padre del concepto fuese Deng Xiaoping nos permite pronosticar que el apoyo de la izquierda política y sindical está garantizado.
     En cuanto a la derecha política tampoco surgirían problemas, pues las "zonas especiales" son el punto central de la canciller alemana Merkel para reactivar la economía de los países periféricos (ver Der Spiegel, 25 de Mayo de 2012). Por cierto, noticia inadvertida para los medios de comunicación españoles, no vaya a ser que nos tengamos que poner a trabajar.

     Por último, aunque sea lo realmente importante, unos datos actualizados de geografía humana nos permitirán comprender que el partido está ganado si se juega en los términos que proponemos, esto es, Campo de Gibraltar paraíso fiscal frente al Peñón de Gibraltar. Vean. 

       Hong-Kong. Superficie: 1.108 km2. Habitantes: 7 millones.
       Shenzhen. Superficie: 2.020 km2. Habitantes: más de 8 millones. 
     Resultado: el antiguo pueblo de pescadores ha convertido a la megalópolis ex-británica en su "patio trasero" gracias a su mayor extensión. 

      Gibraltar. Superficie: 7 km2. Habitantes: 30.000, siendo generosos.
      Campo de Gibraltar. Superficie: 1.528 km2. Habitantes: 265.000, uno arriba uno abajo.
      La goleada no necesita reseña, pues si Shenzhen ha podido superar el poderío económico-financiero de los 1.108 km2 de Hong-Kong en treinta años, ¿qué resistencia podrían oponer los 7 km2 del Peñón al Campo gibraltareño?.

      Sin embargo, la victoria no dejaría un regusto amargo al derrotado, pues no se disputa un juego de suma 0 (lo que uno gana el otro lo pierde), dado que el Peñón de Gibraltar seguiría siendo el territorio británico más próspero y estable, con uno de los mayores índices de calidad de vida y niveles de seguridad del mundo..., hasta que voluntariamente decidiese pasar a ser el territorio ESPAÑOL más próspero y estable..., después del Campo de Gibraltar.

     Gibraltar no es un problema. Es el testimonio del fracaso de la clase política española para abordar de manera creativa un contencioso cuya forma de tratarlo lo ha convertido en anacrónico, pues casos similares otros países (véase China) ya los finiquitaron de manera harto eficiente hace décadas.

      Es hora de cambiar de consigna.

     Abandonemos el "Gibraltar español" por el "Campo de Gibraltar, paraíso fiscal".

     Y es que el único paraíso es el fiscal.


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jueves, 17 de mayo de 2012

Por qué llamarlo bonificación cuando es un privilegio



              El Gobierno aprobó el pasado viernes 11 de Mayo una serie de medidas para la reforma del sistema financiero e inmobiliario que incluía un importante beneficio fiscal.

           Éste último no es otra cosa que una bonificación del 50% a las plusvalías derivadas de la transmisión de inmuebles urbanos que se adquieran desde la publicación en el BOE de la medida, hasta el 31 de Diciembre de este año, permitiendo que esa bonificación se refleje en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y en el Impuesto de Sociedades (IS) correspondiente al año 2012.

            Ante el desconcierto de por qué se ha concedido esta ventaja fiscal, vamos a intentar explicar los motivos de la misma analizando los antecedentes normativos.

            Para ello debemos retrotraernos al Consejo de Ministros de 19 de Agosto de 2011, en el cual el Gobierno del ex Presidente Rodríguez Zapatero redujo el IVA del 8% al 4% en la adquisición de vivienda nueva.

         Esta medida se adoptó para permitir que las entidades financieras que tenían que adjudicarse los activos hipotecados y embargados a las promotoras “zombies”, lo hicieran pagando el 4% de IVA en vez del 8% establecido hasta ese preciso momento. Ahorro fiscal: 4% del valor de adjudicación de cada inmueble.

            El Gobierno del Presidente Rajoy prorrogó el IVA superreducido (4%) hasta el año 2012 (ver Real-Decreto Ley 20/2011) para la compra de cualquier vivienda, pues no estableció ninguna diferencia entre vivienda habitual y segundas viviendas, por lo que el IVA superreducido se aplicará durante 2012 a todas las nuevas viviendas y sin límite en su precio de adquisición.

            Dejemos por ahora el IVA superreducido al 4% para la adjudicación de cualquier vivienda y volvamos al Consejo de Ministros del pasado viernes 11 de Mayo.

            En ésta reunión el Gobierno decidió obligar a bancos y cajas de ahorro a que provisionen el 85% del valor en libros de los suelos de los que disponen en su cartera, el 65% por lo que respecta a  promociones en curso y el 35% en cuanto a viviendas terminadas.
            Esto significa que si en el balance el banco tiene un inmueble valorado en 100.000 euros, tendrá que realizar provisiones (reservas) por el monto 35.000 euros para cubrir las pérdidas derivadas de la eventualidad de que el inmueble sea vendido a un precio inferior al que aparece en el balance.   

            Además de esas provisiones, el Gobierno va a obligar a las entidades bancarias a traspasar todos sus activos inmobiliarios problemáticos antes de que termine el año en curso a otras mercantiles denominadas Sociedades de Gestión de Activos (SGA).

            El precio de transferencia de esos activos a las SGA será el siguiente: valor en balance del inmueble (siguiendo con el anterior ejemplo, 100.000 euros) menos las provisiones (si hablamos de viviendas terminadas, el 35% del valor en libros, que en nuestro ejemplo supondrían 35.000 euros).
            O lo que es igual, un inmueble que el banco valora en 100.000 euros se transferirá a las SGA por el precio de 65.000 euros.
          En esa transmisión no habrá plusvalía para el banco, sino todo lo contrario, pérdidas, pues los traspasos se producen a valores depreciados (siguiendo con nuestro ejemplo, de 100.000 euros que aparecía en el balance a 65.000 euros, gracias al artificio de las provisiones). Por tanto, no tendrán que abonar impuestos al ser la ganancia nula.

            Ahora bien, y aquí interviene la bonificación fiscal aprobada en el Consejo de Ministros del pasado viernes, las Sociedades de Gestión de Activos (SGA), nuevas titulares de los inmuebles ya depreciados, tienen que vender el patrimonio, y lo deberán hacer al precio más alto posible para que el banco, su propietario real, recupere todo o parte de las pérdidas generadas por las provisiones, la depreciación del inmueble y el lucro cesante derivado del crédito fallido, entre otros perjuicios.

           Pues bien, para permitir que las ventas de los inmuebles de las SGA previamente minusvalorados, se puedan hacer a un precio superior al precio de transferencia sin que los propietarios últimos, las entidades financieras, tengan que tributar por todas las ganancias que obtengan, el Estado crea la bonificación fiscal, esto es, las plusvalías generadas por las SGA por las ventas de inmuebles durante el año 2012 tendrán una bonificación del 50% en IRPP o Impuesto de Sociedades durante este año.

            Conclusión:

            1. Los bancos se pueden adjudicar todas las viviendas embargadas a las promotoras quebradas al IVA superreducido del 4%. 

           2. Las plusvalías que obtengan por las ventas de las viviendas adjudicadas con un IVA superreducido y transferidas, previa depreciación, a las Sociedades de Gestión de Activos, tendrán una bonificación del 50% en el Impuesto de Sociedades de 2012.
       Suponemos que la medida se prorrogará para años sucesivos, como se ha prorrogado el IVA superreducido, hasta que se vendan todas las viviendas que formen parte del patrimonio de las SGA. 

         En fin, la socialización de pérdidas, vía merma de ingresos públicos, es un hecho consumado.

          Señores, no es una cuestión personal. Simplemente el Estado caníbal es así.


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jueves, 10 de mayo de 2012

De la cooperación o cómo romper el monopolio del Estado. Impuestos voluntarios II.




        El problema de la racionalidad de los votantes en un sistema político de competencia electoral radica en que no pueden discernir cuál es su elección racional, esto es, la que garantiza su utilidad.

       La elección sólo es racional en el análisis del discurso (voto a Dº Pepito y no a Dº José porque el discurso de aquél es más próximo a mis deseos, a mis convicciones), no en lo referente a la satisfacción real del interés propio (Dº Pepito ha hecho lo mismo que hubiera hecho Dº José, perjudicarme).

         El dilema del elector es el eterno problema de todo régimen dizque representativo: ¿cómo asegurar el cumplimiento de un mandato cuando el elegido puede hacer lo contrario de lo que prometió defender?
           
         Una de las consecuencias de éste dilema es el prestigio de la ideología. Dado que no puedo asegurar con criterios racionales cuál es la alternativa que maximiza mi interés, opto por el método sub-racional de elección que me ofrece la ideología, esto es, pre-juicios que sirven, sobre todo, para decidir lo que no tengo que hacer (no tengo que votar a la derecha o no tengo que votar  a la izquierda), con independencia de que realizar elecciones bajo estas premisas sea ineficaz como forma de lograr beneficios particulares de ningún tipo.

         No es necesario insistir más en las dificultades del elector para resolver sólo con su razón y de manera eficaz para sus intereses la disyuntiva que las urnas le ofrecen, pues por mucha información de que disponga, por muchos golpes de pecho del candidato, el representante le podrá traicionar.

     Mientras llega la democracia de veras representativa, al elector le queda el consuelo de deponer al elegido desleal en futuras convocatorias electorales –me dirán-, aunque el sustituto pueda incurrir en nuevos incumplimientos.
           
      Que los impuestos fueran voluntarios sería otro alivio, quizás eficacísimo. Veamos cómo conseguirlo.

 En la entrada titulada "El oxímoron esencial: impuestos voluntarios I", http://elunicoparaisoeselfiscal.blogspot.com.es/2012/04/el-oximoron-esencial-impuestos.html, describí las condiciones de toda cooperación libre, y a ella me remito.

       En el caso que analizamos, a primera vista confluyen dos obstáculos que podrían hacer inviable la cooperación para proveer bienes públicos con impuestos voluntarios. Son el egoísmo y los “gorrones”.
     Si las partes no se ponen de acuerdo en qué servicio prestar ni cómo financiarle, los intereses individuales pueden hacer fracasar la consecución del bien público, que recordamos es el que se ofrece de forma conjunta y no permite excluir a nadie de su consumo, como en el caso de la utilización de una acera.
     Incluso si se llega a producir el bien, el problema serían los “gorrones”, esto es, aquellos que se benefician de él sin participar en los costes, lo que podría provocar si su número fuera importante la desafección de los cumplidores y el fin de la prestación del bien o servicio. 

      Sin embargo, los estudios científicos acerca de la cooperación han demostrado que ésta no es un asunto que dependa sólo o esencialmente del sanchopancismo de cada uno, ni de que el Estado la fuerce (véase el fraude fiscal), sino de que dé comienzo.
      Así, todo intento de colaboración parte de una invitación para hacerlo, en el entendimiento de que el reparto de los trabajos incrementa la productividad. Por tanto, se empieza cooperando para ofrecer a los otros la posibilidad de que sigan haciéndolo en interés de las partes, evitando de esa manera el peor resultado que supondría la no cooperación. 
   
    Pero una vez iniciada, la posibilidad de que la cooperación continúe es directamente proporcional a dos elementos:  

       a) Que las partes se tengan que volver a encontrar en el futuro, pues la necesidad de contar con el otro mañana les obligará a todos a respetar los pactos hoy (estrategia del “toma y daca”).

      b) El conocimiento tanto de los que colaboran como de los que no lo hacen, pues de esta manera el "gorrón" queda en evidencia.

    Resumiendo, la cooperación exige repetición y publicidad, y la repetición y la publicidad de la cooperación generan más cooperación, sea cual sea el egoísmo de los partícipes.

      Llegados hasta aquí, del estudio de las condiciones de posibilidad de la oferta de bienes públicos financiados potestativamente obtenemos una consecuencia, quizás inesperada, porque reclamar que los impuestos sean voluntarios no es una fórmula asaz artera para evitar contribuir a los gastos comunes, sino una manera de asegurar la máxima calidad y el menor coste en la prestación de servicios públicos.

      Las donaciones estarían vinculadas a que se ofrezcan los mejores bienes al precio más económico. En caso contrario, el bien no se producirá o se buscará otro suministrador, corolario último de la necesidad del consentimiento para generarlos y sufragarlos.

      En pocas palabras, los impuestos voluntarios constituyen el fin del monopolio del Estado caníbal en la provisión de bienes y servicios públicos de mala calidad y deficitarios.

        El fin del larriano "vuelva usted mañana".


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